Descubre la fiscalidad de tus productos de inversión

Llegadas estas fechas, todos los años toca realizar el mismo trámite. Recopilas toda la información fiscal: nominas, extractos bancarios, plantilla de gestión de la cartera y demás documentos; te acomodas en un rincón de casa junto con tu portátil y empiezas a verificar datos para presentar la declaración a hacienda.

 

La cosa se complica mucho más si has tenido más de un pagador o si tienes acciones depositadas en un broker extranjero, a mayores, siempre te queda la duda de si el borrador que hacienda pone a tu disposición es correcto o no.

 

Está claro que todos debemos abonar los impuestos que nos correspondan, pero dependiendo de los productos que hayamos contratado tendremos que hacer frente a diferentes tipos de retenciones. En esta entrada vamos a tratar de explicar la fiscalidad de los distintos productos de inversión que existen y cómo declararlos en la renta.

 

Acciones y dividendos

 

Las acciones tributan en la base imponible del ahorro con un trato fiscal de ganancia patrimonial. Conviene aclarar que no tendrás que tributar por todo el importe del valor de los títulos que tengas en cartera, sino por las plusvalías obtenidas en el momento en el que vendas esas acciones.

 

Cuando tenga lugar la transacción, la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta será el beneficio por el que tendrás que tributar. Es decir, si compras unas acciones a 20 euros y las vendes a 25 solo tendrás que tributar por esos 5 euros de beneficio. En el caso de que la operación ocasione pérdidas, no tendrás que tributar por nada y, es más, podrás compensar las ganancias obtenidas en otras operaciones con dichas pérdidas.

 

Los dividendos son la forma que tienen las empresas de retribuir a sus accionistas, aunque están sujetos a una fiscalidad diferente que los beneficios de las acciones. A pesar de que los dos tributan a los mismos tipos dentro de las rentas del ahorro, los primeros se consideran rendimientos de capital mobiliario, mientras que los segundos se consideran ganancias y pérdidas patrimoniales.

A pesar de ser un capital que se deriva directamente de las acciones, puede tributar de forma diferente dependiendo de cómo decida la empresa hacer el reparto de ese beneficio.

 

Si es en metálico, el trato fiscal será el de rendimiento de capital mobiliario. Sin embargo, también cabe la posibilidad de que este reparto sea en forma de nuevas acciones o como derechos de suscripción, en cuyo caso tendrás que tributar por ellas como tributas por una acción en el momento en el que la vendas.

 

Tramos de tributación del IRPF

  • 19% – Hasta 6.000 euros.
  • 21% – Desde 6.000 hasta 50.000 euros.
  • 23% – Desde 50.000 euros.

 

Derivados

Los derivados financieros poseen el mismo trato impositivo que las acciones, es decir, tributan en la base imponible del ahorro como ganancia fiscal, indistintamente que estemos hablando de futuros, opciones, warrants… Todo este tipo de productos deben ser declarados de la misma forma.

 

En cuanto al gravamen que soportan, al ser igual que las acciones los tramos son exactamente los mismos que en el caso anterior. 

 

Tramos de tributación del IRPF

  • 19% – Hasta 6.000 euros.
  • 21% – Desde 6.000 hasta 50.000 euros.
  • 23% – Desde 50.000 euros.

 

Divisas

 

Cuando hablamos de tributación en forex o en divisas, nos encontramos, de nuevo, con el mismo caso que en las acciones y los derivados financieros. El rendimiento de este producto financiero irá en la base imponible del ahorro como ganancia o pérdida patrimonial.

 

Además, la manera de calcular la ganancia o pérdida por la que hay que tributar es la misma, restar la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta de la divisa en cuestión. En cuanto a los tramos, son exactamente iguales que en los activos mencionados anteriormente.

 

Tramos de tributación del IRPF

  • 19% – Hasta 6.000 euros.
  • 21% – Desde 6.000 hasta 50.000 euros.
  • 23% – Desde 50.000 euros.

 

Fondos de inversión

 

Aquí la cosa cambia un poco puesto que los fondos de inversión presentan una ventaja fiscal respecto a otros productos de inversión, ya que te permiten reinvertir tu dinero de un fondo de inversión a otro sin tener que tributar a Hacienda.

 

Es decir, únicamente tendrás que hacer cuentas en la declaración de la renta cuando quieras recuperar tu inversión. Esto presenta una ventaja respecto a las acciones, ya que no tendrás que tributar cada vez que realices una operación mientras sigas reinvertido.

Tramos de tributación del IRPF

  • 19% – Hasta 6.000 euros.
  • 21% – Desde 6.000 hasta 50.000 euros.
  • 23% – Desde 50.000 euros.

 

Renta fija

 

 

En el caso de haber invertido en deuda pública o privada, también tendremos que tributar en la base imponible del ahorro, pero como rendimiento del capital mobiliario. El rendimiento se obtendrá a través de los intereses o cupones del título o por su transmisión y amortización.

 

En el caso de que el rendimiento provenga de intereses y cupones, los bonos y obligaciones tienen una retención del 19%.

La excepción son las Letras del Tesoro, que están exentas de retención.

 

Planes de pensiones

 

A diferencia de la mayoría de productos de inversión, los planes de pensiones tributan como rentas del trabajo y no como rentas del ahorro, es decir, lo hará como si fuese un salario.

A pesar de la última modificación realizada en el cambio de fiscalidad, una de las mayores ventajas es que permite una desgravación fiscal anual de hasta 2.000 euros (la cantidad máxima permitida anteriormente era de 8.000 euros).

 

Hay que tener en cuenta que cuando recuperes este dinero, la forma en la que lo hagas y la cantidad que recuperes repercutirá en la cantidad de impuestos a la que tendrás que pagar. Por ejemplo, si recuperas todo tu patrimonio de golpe, es posible que tengas que tributar en un tramo más alto que si lo recuperas en forma de renta periódica.

Dependiendo de la cantidad que recuperes, los tramos serán los siguientes:

Tramos de tributación del IRPF rentas del trabajo

  • Hasta 12.450  euros = 19%
  • Desde 12.450 hasta 20.200 euros = 24%
  • Desde 20.200 a 35.200  euros = 30%
  • Desde 35.200 a 60.000 euros = 37%
  • Desde 60.000 a 300.000 euros = 45%
  • Más de 300.000 euros = 47%

 

ETFs

 

 

Los ETFs son un producto más complicado porque a pesar de ser fondos de inversión cotizados funcionan como las acciones. Podemos resumirlo de la siguiente manera, tienen el mismo trato que las acciones y no cuentan con la ventaja del traspaso de los fondos de inversión.

 

 

Tramos de tributación del IRPF

  • 19% – Hasta 6.000 euros.
  • 21% – Desde 6.000 hasta 50.000 euros.
  • 23% – Desde 50.000 euros.

 

Compensar pérdidas con ganancias

 

Si hemos sufrido pérdidas con algunas de nuestras inversiones, podemos compensarlas con las ganancias que hayamos obtenido con otros activos financieros.

 

Si desgraciadamente solo hemos obtenido rentabilidades negativas, dispondremos de los próximos cuatro años para compensar esas pérdidas. Con esta medida se busca que tributes única y exclusivamente por las ganancias reales que has obtenido.

 

Comentarios
  • r.
    Responder

    La fiscalidad se calcula sobre las plusvalías, si las hay… pero el cambio de moneda se aplica a todo el principal. El año pasado pagué sin saberlo en comisiones de cambio de divisa y custodia el equivalente a un buen salario de un mes. Más que en impuestos. Eso da para otro artículo.

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